1.- Presentar
solicitud de matrimonio debidamente llenada a maquina, con sus nombres tal y como aparecen
en sus actas de nacimiento, tanto de los contrayentes como de sus padres.
2.- Presentar copia certificada de
sus actas de nacimiento actualizadas (expedidas dentro de los 6 meses anteriores a la
fecha de matrimonio).
3.- Presentar certificado suscrito
por médico titulado y análisis prenupciales expedidos en un término no mayor de 14
días naturales a la fecha de celebración del matrimonio.
4.- Definir el convenio por el cual
se celebrará el matrimonio, que puede ser separación de bienes o sociedad conyugal.
5.- En el caso de que alguno
de los contrayentes haya sido casado con anterioridad, presentar la
sentencia de divorcio o nulidad de su matrimonio.
6.- Cuando los contrayentes sean menores de
18 años deberán presentar además, constancia donde los padres otorgan su consentimiento
para contraer matrimonio, a falta de estos, en el siguiente orden serán abuelos paternos,
abuelos maternos, los tutores, juez de primera instancia o presidente municipal.
7.- Si alguno de los contrayentes es viudo,
es necesario presentar la copia del acta de defunción del cónyuge fallecido
8.- En el caso de extranjeros que deseen
contraer matrimonio, presentar el documento que acredite su legal estancia en el país.
9.- Cuando un extranjero pretende contraer
matrimonio con Mexicano, deberá presentar el permiso de la Secretaría de Gobernación.
10.- Cuando el padre o la madre de
alguno de los contrayentes sea extranjero, presentar carta de renuncia expedida por la
Secretaría de Relaciones Exteriores.
11.- Cuando alguno de los padres o
testigos sean de nacionalidad extranjera, presentar copia fotostática de su
documentación migratoria.
12.- Pagar los derechos conforme a
las tarifas vigentes.